[Financiación]
De interés para:
Las empresas beneficiarias (denominadas técnicamente «»perceptores finales»») de las futuras convocatorias son las siguientes:
- Empresas en general: Se define como empresa a cualquier entidad que ejerza una actividad económica, independientemente de su forma jurídica (sociedades, autónomos, entidades artesanales, asociaciones con actividad económica regular, etc.).
- PYMES: Se dará prioridad y se tomará como referencia la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas según la normativa de la Comisión Europea.
- Comunidades de Energía (Comunidades Energéticas): Entidades colectivas formadas por ciudadanos, pymes o autoridades locales que colaboran en la producción y gestión de energía renovable.
- Sector Público: En las líneas de energías renovables y eficiencia energética, también pueden ser beneficiarias las Administraciones Públicas, incluyendo Ayuntamientos y Cabildos.
Resumen:
Objeto:
Publicar el Acuerdo de Financiación entre la Consejería de Transición Ecológica y Energía, la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea y SODECAN para la gestión de los instrumentos financieros del Fondo Canarias Financia 2, Prioridad 2.A, en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027.
Enlace:
Información. https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2026/011/pda/174.html