[Financiación]
De interés para:
Podrán ser beneficiarios las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) y sus entidades asociadas, siempre que estén inscritas en el Registro de AEI del Ministerio de Industria y Turismo en la fecha de publicación de cada convocatoria. En las líneas de innovación en favor de las pymes, los beneficiarios deberán tener la consideración de pyme. No podrán beneficiarse empresas en crisis ni aquellas sujetas a órdenes de recuperación de ayudas ilegales.
Resumen:
Objeto: Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas a AEI que fomenten la colaboración entre empresas, centros de investigación y otras entidades, con el fin de impulsar la innovación, competitividad y autonomía estratégica.
Cuantía: La financiación se determinará en cada convocatoria. Las intensidades de ayuda varían según el tipo de proyecto, pudiendo alcanzar hasta el 80% en investigación industrial y hasta el 60% en desarrollo experimental, con incrementos según el tipo de empresa y la difusión de resultados.
Gastos elegibles: Incluyen costes de personal técnico y administrativo, colaboraciones externas, servicios de asesoramiento en innovación, viajes interurbanos y alojamiento, y otros costes directamente relacionados con el proyecto. No se subvencionan gastos financieros ni impuestos.
Fecha de presentación de solicitudes: Se establecerá en cada convocatoria.
Enlace:
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