Diez becas de formación en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades y se procede a su convocatoria.

[Financiación]

La cuantía de las becas, por todos los conceptos, será de 990 euros al mes, incluidos los costes de la Seguridad Social.
Requisitos generales de los/las solicitantes

Podrán solicitar estas becas las personas licenciadas o graduadas universitarias en las que no concurra ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y siempre que reúnan además de los requisitos específicos que para cada proyecto se señalan en el anexo I de esta orden, los siguientes requisitos generales, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
b) Estar en posesión del título universitario de licenciatura o de grado y exigido en el proyecto para el cual presente la solicitud. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes, y haber finalizado los estudios conducentes a él en el curso académico 2007/08 o posterior.
c) Acreditar el conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4, excepto los que acrediten estar en posesión del título de licenciatura en Filología Gallega o grados equivalentes.
d) No resultar beneficiario de una beca en concursos anteriores o contratos en el Centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades.
e) Poseer una nota media en su expediente académico igual o superior a 6,5 puntos, calculada de acuerdo con los parámetros publicados por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG nº 188, de 30 de septiembre).

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación señalada en la base sexta será de un mes, que se contará a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se considerará el último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación y, si fuese festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Publicación en día Viernes, 22 de julio de 2022

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