ORDEN de 5 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al impulso de proyectos innovadores en Canarias.

[Financiación]
(Entidades beneficiarias.
En las actuaciones del tipo A podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas previstas en esta Orden aquellas entidades, públicas o privadas, que desarrollen actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios a las empresas, que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, faciliten la actividad emprendedora

En las actuaciones del tipo B, empresas privadas que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación)

 

Se establecen dos tipos de actuaciones subvencionables:
Actuaciones tipo A. Dentro de este tipo de actuaciones se incluyen las siguientes:
– Actuaciones dirigidas a fomentar los proyectos de innovación en empresas canarias
emergentes de base tecnológica, especialmente las que promuevan la participación de
dichas empresas en proyectos nacionales, europeos e internacionales.
– Actuaciones que promuevan la puesta en marcha y consolidación de empresas canarias
emergentes de base tecnológica.
– Acciones que fomenten la tutela a los emprendedores, especialmente las dirigidas a
promover el apoyo y el asesoramiento técnico en materia de innovación y tecnología.
– Acciones dirigidas a promover puntos de encuentro que faciliten el contacto de los
emprendedores con los inversores privados o business angels

Actuaciones tipo B. Proyectos de innovación a desarrollar por las empresas canarias
emergentes de base tecnológica.
2. En ningún caso serán subvencionables las actuaciones rutinarias para la mejora de la
calidad de productos, el aumento de las capacidades de producción o servicio, modificación
o adaptación de procesos productivos o productos existentes, que no supongan una
innovación sustancial, entendiendo como actividades rutinarias las definidas en la base 2.
3. No se consideran proyectos innovadores, aquellos que meramente tengan como
objeto el desarrollo de actividades relacionadas con la responsabilidad social corporativa
y no supongan la creación de una nueva empresa o línea de negocio. Se entiende por
responsabilidad social corporativa un conjunto de prácticas, estrategias y sistemas de
gestión que persiguen un nuevo equilibrio entre las dimensiones económica, social y
ambiental de la actividad ordinaria de la empresa o entidad.
4. Por cada entidad se establece un máximo de un proyecto a subvencionar, aunque
podrán presentarse hasta tres solicitudes.

Vea la información en el siguiente enlace.