[Financiación]
De interés para:
Para entidades con interés en el sector naval.
Beneficiarios.
Agrupaciones sin personalidad jurídica propia que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio. Podrán ser participantes de la agrupación las sociedades mercantiles privadas, con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su forma jurídica y su tamaño, y las sociedades mercantiles estatales, según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
Resumen:
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Extracto de la Orden de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval, dentro del PERTE NAVAL en el marco del PRTR y se efectúa la convocatoria mediante tramitación anticipada correspondiente al año 2023.