[Financiación]
De interés para:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se aprueban por esta Orden de Bases, siempre que realicen la actividad que fundamenta su concesión en los términos que la misma establezca y cumpla todos los requisitos exigidos, las siguientes entidades beneficiarias que estén válidamente constituidas:
a) Las entidades con personalidad jurídica propia, pública o privada.
b) Consorcios o agrupaciones empresariales de personas jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia que deberán adoptar cualquiera de las formas previstas en Derecho. Se podrá incluir en las distintas convocatorias dentro de los criterios de valoración una puntuación adicional en caso de que participe un organismo o entidad pública o centro tecnológico público en el ámbito estatal, autonómico, provincial, insular, regional o local. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, deberá cumplirse con lo establecido por el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Resumen:
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/467/2023, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU. (Programa Geotermia Profunda).
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras (en adelante «Orden de Bases») para la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas correspondientes al programa de incentivos a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda (Programa Geotermia Profunda), que se aprueba y establece por la misma, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Las ayudas reguladas por esta orden impulsarán la realización de estudios de viabilidad en todo el territorio nacional mediante presupuesto procedente del Componente C7, línea de Inversión 1 (Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en procesos productivos) y, adicionalmente, la Comunidad Autónoma de Canarias contará con presupuesto del Componente C7, línea de inversión 2 «energía sostenible en las islas».