Bases reguladoras y convocatoria del Premio a las Buenas Prácticas Educativas en Privacidad y Protección de Datos Personales para un Uso Responsable y Seguro de Internet por los Menores

[Financiación]

De interés para:
Podrán tomar parte en el concurso:
Para la modalidad A:
– Centros de enseñanza públicos, concertados y privados de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional. Ello incluye expresamente los centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero, y los centros docentes de titularidad mixta con participación del Estado español en el extranjero, regulados por el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se establece la acción educativa de España en el exterior. También incluye a los centros docentes extranjeros no universitarios en España que impartan enseñanzas de un sistema educativo extranjero y de lengua y cultura españolas, regulados en la sección 1 del Capítulo II del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España, así como a los centros extranjeros no universitarios en España que impartan enseñanzas regladas equivalentes a niveles no obligatorios del sistema educativo español, regulados en el Capítulo III del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España.

Para la modalidad B:
– Personas, instituciones, entidades, organismos, organizaciones y asociaciones, públicas y privadas, que se hayan distinguido de manera destacada por el impulso y difusión entre los menores de edad de buenas prácticas para un uso responsable y seguro de internet.

Resumen:
Agencia Española de Protección de Datos
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Buenas Prácticas Educativas en Privacidad y Protección de Datos Personales para un Uso Responsable y Seguro de Internet por los Menores.

El premio se convoca en dos modalidades:
I. Modalidad A. A las buenas prácticas llevadas a cabo por los centros de enseñanza públicos, concertados y privados de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, entendiéndose por centros docentes los previstos en la base segunda.
II. Modalidad B. Al compromiso de personas, instituciones, organismos, entidades, organizaciones y asociaciones, públicas y privadas, que se hayan distinguido de manera destacada por el impulso y difusión entre los menores de edad de buenas prácticas para un uso responsable y seguro de internet, relacionadas fundamentalmente con la información personal y con el valor de la privacidad.

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