[Financiación]
De interés para:
Beneficiarios.
Personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica y que:
a. Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
b. Realicen una o varias actividades, o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I de la Orden de convocatoria.
c. Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año 2022, debido a los costes indirectos soportados en los gastos de suministro eléctrico destinados a los procesos productivos.
Resumen:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Extracto de la Orden de 19 de mayo de 2023 por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo
Objeto.
Compensación, en forma de subvención, de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad del año 2022, conforme al Real Decreto 309/2022 de 3 de mayo, publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 4 de mayo de 2022, y al amparo de lo establecido en la Directiva (UE) 2018/410 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas.
Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el 1 de junio hasta el 28 de junio de 2023.