[Financiación]
De interés para:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas (pequeñas y medianas empresas) residentes en Fuerteventura, titulares de explotaciones con actividad ganadera o de explotaciones con actividad agrícola, que desarrollen su labor en Fuerteventura y que pretendan realizar las actuaciones recogidas en el objeto de las presentes bases reguladoras, reuniendo los requisitos exigidos en las mismas.
Resumen:
Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura
– Extracto de la convocatoria de subvenciones a las instalaciones de energías renovables en explotaciones ganaderas y agrícolas. Medida IV
Se subvencionarán las instalaciones solares fotovoltaicas y las instalaciones eólicas destinadas a la generación de energía renovable en explotaciones ganaderas y en explotaciones agrícolas con una potencia máxima de 100 kW.
(No se consideran actuaciones subvencionables las inversiones en la adquisición de equipos usados, las inversiones en reparación, la sustitución, adecuación y mantenimiento de equipos e instalaciones, ni las inversiones de ampliación de instalaciones existentes).
Plazo de ejecución de las instalaciones: Desde el 16 de agosto de 2023 hasta el 31 de julio de 2024.
Plazo de justificación de la subvención: QUINCE DÍAS desde la resolución definitiva de concesión.
Enlace:
Extracto.