Subvenciones públicas destinadas a la financiación de formación mediante microcréditos

[Financiación]

De interés para:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria:

  1. a) Para la línea de subvención del artículo 3.1.a): Las personas trabajadoras ocupadas, tanto por cuenta ajena como personas trabajadoras pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las personas socias trabajadoras de entidades de la Economía Social, y personas desempleadas, que realicen formación en los términos establecidos en la convocatoria desde 1 de enero de 2023 hasta el momento de presentación de la solicitud.
  2. b) Para la línea de subvención prevista del artículo 3.1.b): Las entidades impartidoras de la formación, constituidas con anterioridad a 1 de enero de 2023. Conforme con lo anterior, podrán solicitar subvenciones

. Las entidades impartidoras de formación, públicas o privadas, inscritas para impartir las especialidades formativas para las que solicitan subvención, con presencia en más de una comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas y que no tengan circunscrito su ámbito de actuación a una sola comunidad autónoma.

. Las empresas cuando estén inscritas para ello en las especialidades formativas para las que solicitan subvención y dispongan de las instalaciones para formación presencial o de plataformas de teleformación, que permitan la impartición de las especialidades que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.

. Las agrupaciones previstas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre con presencia en más de una comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades impartidoras de formación inscritas para impartir las especialidades para las que solicitan subvención, titulares de instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.

 

Resumen:
Ministerio de Trabajo y Economía Social

Extracto de la Resolución de 24 de Mayo de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de formación mediante microcréditos, dentro de la Inversión «»Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva»», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

Las subvenciones que se concedan tendrán como finalidad la concesión de ayudas del proyecto «Financiación de formación (microcréditos)» para la formación de personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, mediante la realización de acciones de formación que, de acuerdo con su perfil, se destinen a impulsar o mejorar su carrera profesional o su empleabilidad, o permitan adquirir nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva.

 

Enlace:
Extracto.

 

Base de Datos Nacional de Subvenciones.