PREMIOS DERECHOS DE LOS ANIMALES AL PROYECTO MÁS INNOVADOR DE EXPERIMENTACIÓN ALTERNATIVA 2025.

[Financiación]

De interés para:
Podrá ser candidata a los Premios cualquier persona jurídica o física mayor de edad, con un proyecto de investigación en experimentación alternativa a la experimentación con animales en una institución pública o privada, con sede en España, en quienes concurran los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Resumen:
La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de los «Premios Derechos de los Animales al proyecto más innovador de experimentación alternativa», en adelante «Premios», correspondiente al año 2025, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, igualdad, objetividad y no discriminación, con el propósito de fomentar la I+D de métodos alternativos a la experimentación animal en España.

 

El importe de los premios se imputará a la aplicación presupuestaria 29.04.232F.483 de los Presupuestos Generales del Estado para 2025 de la Dirección General de Derechos de los Animales.

 

El proyecto deberá estar en ejecución o haber finalizado en los cinco últimos años anteriores a la fecha de esta convocatoria.

 

Cada solicitante solo podrá presentar un único proyecto.

 

Se concederán dos «Premios»:

  1. a) El primer premio estará dotado con sesenta mil euros y diploma o estatuilla.
  2. b) El segundo premio estará dotado con cuarenta mil euros y diploma o estatuilla.

En el caso de que dos o más proyectos recibieran la misma puntuación, el premio se adjudicará «ex aequo», repartiéndose su importe de manera proporcional entre ellos.

El jurado podrá conceder cuantas menciones de honor estime convenientes, sin dotación económica, a los proyectos que considere merecedores de dicha distinción.

Una vez abonado el importe del premio, la comprobación de datos no ajustados a la realidad comportará el reintegro de este, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir la persona beneficiaria.

Las personas premiadas facilitarán sus datos bancarios para que, de acuerdo con la legislación vigente en esta materia, se les abonen los premios correspondientes mediante transferencia bancaria.

 

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

 

Enlace:
Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 

Bases.