[Financiación]
De interés para:
Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, en los términos y condiciones establecidas en las Bases Reguladoras, las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
a. Los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y cualesquiera otras entidades públicas o privadas, vinculadas o dependientes de los anteriores, que tengan conforme a la citada Ley la consideración de agente de ejecución.
b. Las Universidades públicas y privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que estén inscritas en la sección de Universidades del Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c. Las Instituciones públicas o privadas que gestionen y proporcionen recursos científicos de forma agregada a las diferentes entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
Resumen:
Realización de actuaciones en el ámbito del fomento de la investigación científica de excelencia y de la ciencia abierta, en apoyo a los diferentes agentes que operan en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:
Línea 1: Gestión y medición de resultados de investigación promoviendo el uso de bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio.
Línea 2: Promoción de la Ciencia Abierta a través de la mejora de la capacitación tecnológica, calidad e interoperabilidad de las infraestructuras digitales institucionales de difusión, almacenamiento, preservación y gestión de los resultados de investigación.
Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención.
Las ayudas de la línea 1 tendrán carácter anual y las de la línea 2, carácter plurianual.
Las entidades solicitantes podrán presentar a la línea 1 un máximo de una solicitud, y a la línea 2, podrán presentar un máximo de dos solicitudes, siempre que una de las solicitudes se presente para su ejecución individual por la entidad beneficiaria y la otra se presente para su ejecución en colaboración con otras entidades, ya sea como entidad beneficiaria o como entidad participante.
1. Línea de actuación 1: La actividad objeto de ayuda se debe haber realizado dentro del periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
2. Línea de actuación 2: Las actividades objeto de las ayudas se realizarán dentro del periodo máximo de ejecución comprendido entre el 01 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, e iniciarse a lo largo del año 2026.
En la línea de actuación 1, la FECYT financiará una cuantía máxima del 85% del coste de la suscripción correspondiente al ejercicio 2025 de las bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio, objeto de las solicitudes que resulten beneficiarias. En el caso de que la entidad beneficiaria presente para su financiación la suscripción a varias bases de datos de estas características, solo se financiará hasta el límite del 85% de la suscripción de mayor coste.
En la línea de actuación 2, la FECYT financiará hasta una cuantía máxima del 85% del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada, con un límite máximo de 170.000 euros por solicitud.
El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará el día 1 de julio de 2025 a las 09:00 horas (hora peninsular española) y finalizará el día 30 de septiembre de 2025 a las 13:00 horas (hora peninsular española).
Enlace:
Información.
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Ficha resumen.