[Financiación]
De interés para:
Podrán tener la condición de beneficiarias, las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, cuya actividad se refiera a la industria manufacturera, encuadrada en Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009)
Resumen:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Extracto de la Resolución de 6 de julio de 2023, de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital a través de la iniciativa «Activa Industria 4.0», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrán la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permita el impulso de la transformación digital de pymes industriales a la Industria 4.0.
Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:
1º Diagnóstico de la situación de partida de la pyme en términos de madurez digital.
2º Elaboración de un Plan de Transformación Digital.
3º Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.
La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 7.400 euros.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la convocatoria. Publicado en: «BOE» núm. 165, de 12 de julio de 2023.
Enlace:
Extracto.
Base de Datos Nacional de Subvenciones.