[Financiación]
De interés para:
Estas ayudas están destinadas a los participantes, que hayan sido notificados, en proyectos importantes de interés común europeo (IPCEI) de servicios e infraestructuras en la nube (cloud) y de borde (edge) de próxima generación, dentro del Subprograma de IPCEI-CIS y a los participantes, que figuren en la Decisión de la Comisión Europea C(2023) 3817 final de 8 de junio cuyo proyecto verse sobre diseño de aceleradores, en IPCEI sobre procesadores avanzados y semiconductores, dentro del Subprograma de IPCEI-MICRO.
Resumen:
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Extracto de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los participantes en proyectos importantes de interés común europeo (IPCEI) y primera convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para los siguientes subprogramas:
Subprograma de IPCEI-CIS: con la finalidad de proporcionar un acceso competitivo y justo a la nube de próxima generación y las capacidades de borde desde cualquier lugar de la Unión Europea, así como fomentar la digitalización en las pymes, además de incrementar las capacidades de I+D+i de las empresas participantes y sustentar un primer despliegue industrial de nube federada a nivel de la Unión Europea.
Subprograma de IPCEI-MICRO: con la finalidad de reforzar la industria microelectrónica europea, centrándose en el ecosistema de diseño, las capacidades de la cadena de suministro y el primer despliegue industrial de las tecnologías de semiconductores avanzados, incluida la ampliación hacia tecnologías de proceso de vanguardia para los chips de los procesadores.
Con la presente convocatoria de estos dos subprogramas, se contribuye parcialmente a la consecución de los objetivos contenidos en los hitos CID #241 y #242 de la C15.I5.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el mismo día de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del Estado y finalizará el tercer día hábil a las 13:00 horas, contando desde la citada publicación.