[Financiación]
De interés para:
Podrán obtener la condición de persona/entidad beneficiaria las sociedades mercantiles, las personas empresarias individuales y las sociedades civiles, entre cuyos objetos sociales o fines constitutivos se encuentre la impartición de cursos de formación y queden encuadradas dentro de la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES). También podrán obtenerla aquellas entidades sin fines lucrativos en cuyos estatutos se incluya la realización de actividades relacionadas con fines educativos o con el desarrollo de la sociedad de la información.
Asimismo, podrán obtener la condición de persona/entidad beneficiaria las fundaciones, administraciones locales o entidades y empresas vinculadas a las administraciones locales que se encuentren radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, así como entidades y empresas vinculadas a la administración autonómica de Canarias y entes vinculados a la administración del Estado con sede en Canarias.
Resumen:
Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo
ORDEN de 26 de abril de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la mejora de las competencias digitales de la población residente en Canarias, financiadas con fondos propios.
Es objeto de estas bases establecer las normas que han de regir en la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la mejora de las competencias digitales de la población residente en el ámbito territorial de Canarias.
Estas subvenciones se integran en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2023-2025, aprobado mediante Orden de 6 de marzo de 2023 de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo (BOC n.º 51, de 14.3.2023), estando dirigidas a la realización de actividades formativas de carácter presencial en las temáticas señaladas en la base 9.