Bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de I+D

[Financiación]

De interés para:
Beneficiarios.

  1. a) Organismos públicos de investigación.
  2. b) Universidades públicas.
  3. c) Otros centros públicos de I+D+i.
  4. d) Entidades e instituciones sanitarias públicas que desarrollen actividad investigadora.
  5. e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme con lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, y normas complementarias.
  6. f) Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, autonómico o local.
  7. g) Entidades e instituciones sanitarias privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividades de I+D.
  8. h) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  9. i) Otros centros privados de I+D, sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que tengan definida en sus estatutos o normativa que los regule o en su objeto social la I+D como actividad principal.
  10. j) Empresas.
  11. k) Agrupaciones o asociaciones empresariales.
  12. l) Empresas Innovadoras de Base Tecnológica.
  13. m) Las uniones temporales de empresas (UTE) que desarrollen actividades de I+D.

 

Resumen:
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura

ORDEN de 29 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de I+D aplicada en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, cofinanciadas a través del programa FEDER Canarias 2021-2027.

 

Objeto y finalidad.

  1. Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones destinadas a la realización de Proyectos de investigación aplicada (I+D) que sean ejecutados por organismos de investigación y difusión de conocimientos (en adelante organismos de investigación) y por empresas, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

  1. Las ayudas que se concedan tienen como finalidad promover y fomentar, en el ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma, la realización y el desarrollo de actividades de investigación científico-técnica a fin de promover y fomentar la cultura científica, la generación, transferencia, avance y la difusión del conocimiento, y elevar la investigación a un nivel de excelencia suficiente como para crear una ventaja competitiva a escala regional, de forma que la I+d constituya un factor al servicio de la ciudadanía, contribuya a la mejora de la competitividad empresarial y sea un elemento clave o esencial para abordar los retos de futuro a los que nuestra región debe hacer frente. Para conseguirlo, se velará por destinar la financiación a proyectos que sean relevantes, evitando la fragmentación de los grupos de investigación, de forma que se creen sinergias que contribuyan a la cooperación y coordinación entre universidades, otros centros de investigación y empresas radicados en Canarias.

 

  1. Cuando así se prevea y en los términos que en las respectivas convocatorias se determine, se podrá apoyar la participación de iniciativas en programas europeos e internacionales, financiando la parte autonómica que corresponda de los proyectos colaborativos que hayan concurrido y resultado seleccionados en dichos ámbitos. Así mismo, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones que en las presentes bases se prevén, las convocatorias podrán igualmente estar dirigidas a financiar aquellas solicitudes o proyectos que habiendo concurrido a una convocatoria de ámbito estatal y obteniendo una evaluación favorable basada en criterios análogos o equivalentes a los previstos en estas bases, no hayan alcanzado la prioridad necesaria para ser financiadas. En estos casos, se respetará la puntuación y valoración científico técnica obtenida en la convocatoria estatal, quedando sometidas únicamente a la segunda fase de valoración previstas en las presentes bases.

 

Enlace:
Bases.