Especialista Senior en Computación Cuántica y/o HPC

[Oferta]

 

De interés para:
Sobre computación

 

Resumen:
Somos un Centro Tecnológico especializado en tecnologías del dato e inteligencia artificial, y contamos con la infraestructura singular (ISAAC/QUTE), la plataforma de emulación/simulación de computación cuántica de mayor capacidad (38 qubits) a nivel nacional.

 

Abordamos una fase de crecimiento de actividad muy alta, con más de 12 proyectos internacionales Horizonte Europa en marcha y muchos otros proyectos de I+D e innovación para empresas.

 

En el proceso de evolución y crecimiento de nuestra línea de trabajo en computación cuántica, buscamos un(a) especialista senior en computación cuántica y/o HPC.

 

Presenta tu candidatura hasta: 15/01/24

 

Modalidad: Híbrido

 

Ubicación: Gijón

 

Enlace.

 

Otras ofertas en Disruptive.

Inspiring Women Leaders in the Digital Era

[Eventos]

 

De interés para:
Sobre digitalización y emprendimiento

 

Resumen:
Evento organizado por W Startup Community.

 

En este evento se hablará sobre:

Ciberseguridad y metaverso

Inteligencia artificial generativa y sus oportunidades, #chatGPT

Quantum Computing casos de uso

Blockchain, innovación abierta y las prioridades y facetas en la financiación de proyectos disruptivos.

Scaleups e internacionalización

Buenas prácticas y usos en materia de inclusión e igualdad en un mundo global

 

Enlace:
Toda la Info.

El CDTI Innovación anuncia la Llamada 2024 de cooperación tecnológica entre España y Corea

[Financiación]

 

De interés para:
Para proyectos de energías renovables, hidrógeno y el almacenamiento de la energía

 

Resumen:
Se abre la segunda Llamada conjunta del KOREA SPAIN STRATEGIC PROGRAMME, KSSP por sus siglas en inglés, para la presentación de Propuestas de Cooperación Tecnológica Internacional entre España y Corea orientadas al desarrollo de proyectos relacionados con las energías renovables, hidrógeno y el almacenamiento de la energía.

 

Características de los proyectos

 

El resultado de los mismos debe ser un producto, proceso o servicio innovador.

El consorcio debe estar formado por, al menos, dos empresas españolas (una grande o mediana como líder y una PYME adicional) y una coreana, que sean independientes. El proyecto debe ser relevante para todos los socios y ningún país o miembro del consorcio debe tener más del 60% de presupuesto.

Ninguno de los solicitantes podrá participar en más de un consorcio para una misma convocatoria. De ser el caso, se le pedirá al participante que seleccione una solicitud y se retire el resto.

La duración de los proyectos podrá ser entre 12 y 36 meses.

Las propuestas siempre tendrán una finalidad civil.

Con respecto a la participación española en el consorcio, el presupuesto objetivo global estará entre 3 y 6 millones de euros y deberá existir una contribución presupuestaria mínima por parte de la PYME del 10% sobre el presupuesto total de la particpación española. El presupuesto debe ser coherente con los desarrollos que se tienen que realizar y con la capacidad técnica/financiera de los participantes.

 

Solicitud de la Ayuda Nacional

La fecha límite para la presentación de la Solicitud de la Ayuda Nacional en el CDTI será el 25 de julio de 2024 a las 18:00 h (hora española).

 

Enlace.

Webinario sobre la convocatoria de Colaboración Público-Privada 2023.

[Eventos]

 

De interés para:
Beneficiarios

  1. a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.

 

  1. b) Universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

 

  1. c) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias.

 

  1. d) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.

 

  1. e) Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

 

  1. f) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.

 

  1. g) Centros privados de I+D+i, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.

 

  1. h) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

 

  1. i) Asociaciones empresariales sectoriales.

 

Podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y los centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas integrados en el sistema INIA-CCAA. Como excepción a la obligación de tener personalidad jurídica propia , en el caso de que alguno de estos centros careciese de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la administración pública a la que pertenezca.

 

Para poder adquirir la condición de beneficiarias, se requiere que las entidades que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, cuenten con personalidad jurídica propia, y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España.

 

Resumen:
17 de enero.

 

El objetivo de la convocatoria de ayudas a proyectos de colaboración público-privada es el apoyo a proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

 

El plazo de presentación de solicitudes se abre el próximo 30 de enero y se cierra el 20 de febrero de 2024.

 

Enlace:
Más información sobre la convocatoria en: https://www.apte.org/convocatoria-colaboracion-publico-privada-2023

 

Para conectarse a dicho webinar solo tiene que pichar en el siguiente Enlace.

Extracto de la Resolución de 14 de diciembre de 2023, por la que se efectúa convocatoria en tramitación anticipada para el ejercicio 2024, para la concesión de subvenciones para el impulso de la Industria 4.0 en el sector industrial canario, en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027.

[Financiación]

 

De interés para:
Beneficiarios.

 

Pequeñas, medianas y grandes empresas cuya actividad principal sea industrial y cuyo proyecto objeto de subvención se realice en Canarias.

 

Se deberá tener inscrito el establecimiento donde se van a llevar a cabo las inversiones solicitadas, o donde se fabrica el producto asociado, en el Registro Integrado Industrial o, al menos, haber presentado la declaración responsable pertinente con anterioridad a la fecha de solicitud de la subvención.

 

Que cumplan los requisitos establecidos en la base 3.ª de sus bases reguladoras.

 

Resumen:
Actuaciones subvencionables.

 

Las actuaciones subvencionables se estructuran en dos líneas y serán las recogidas en la base 1.ª.

 

1) Línea de actuación I: inversiones productivas consistentes en la mejora de la digitalización de las empresas industriales (objetivo O.E. 1.2, aprovechamiento de las ventajas de la digitalización para las empresas):

 

1.1. Diseño de nuevos modelos de negocio en el ámbito de la Industria 4.0, con actuaciones integrales en los ecosistemas industriales canarios.

 

1.2. Asesoramiento a las empresas en el proceso de su transformación digital, en todas sus fases.

 

1.3. Implantación en empresas industriales de software especializado para la transición digital, software Enterprise Resource Planning (ERP), sistema de Gestión de la Producción (MES), CRM, etc.

 

1.4. Incorporación de tecnologías asociadas a la Industria 4.0, inversión en capital material, vinculado a la mejora tecnológica de las capacidades de la empresa industrial existente en toda su cadena de valor (proceso productivo, logística, comercialización, etc.), derivados del plan de acción para la digitalización.

 

1.5. Otras actuaciones relacionadas con la incorporación de tecnologías asociadas a la Industria 4.0, que no supongan una transformación fundamental del proceso de producción de un establecimiento industrial.

 

2) Línea de actuación II: desarrollo de las capacidades para la transición industrial (O.E. 1.4, desarrollo de las capacidades para la transición industrial). Serán subvencionables los siguientes tipos de proyectos:

 

2.1. Actuaciones de análisis de la mejora de la capacitación digital en las empresas industriales beneficiarias.

 

2.2. Diseño de planes de formación para el fortalecimiento de las capacidades de emprendimiento en todos los niveles de la empresa.

 

2.3. Ejecución de acciones de formación general dirigidas a la transformación digital de las empresas industriales.

 

2.4. Acciones de formación específica para la actividad concreta de la empresa y recapacitación (reskilling y upskilling) en las empresas, en los ámbitos de especialización inteligente y para creación de la capacidad administrativa necesaria para las necesidades de la transición industrial: formación en todas las áreas, nuevas áreas en la empresa, formación en nuevos sectores específicos de la economía y formación de directivos.

 

2.5. Acciones de formación de expertos en transformación digital de empresas industriales (emprendedores digitales, especialistas en Tecnologías de la Información y Comunicaciones), dentro de las empresas, específicas para la actividad.

 

Plazo de presentación de solicitudes.

 

El plazo de presentación de solicitudes es de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, y finaliza a las 14:00 horas del último día de dicho plazo.

 

Enlace:
Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 

Convocatoria.

Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

[Financiación]

 

De interés para:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de las líneas 1 y 2, en la forma de agrupación prevista en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tal y como se concrete en la convocatoria:

 

a) Las empresas del sector turístico, entendiendo por empresa las indicadas en los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 4 de esta orden siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.

 

b) Asociaciones sin ánimo de lucro, federaciones y confederaciones del sector turístico a efectos de esta orden tal y como se indica en el apartado anterior, legalmente constituidas y dadas de alta en el Registro correspondiente de Asociaciones y cuyo objeto social y actividad se encuadre dentro de los códigos CNAE reseñados en el apartado anterior y acrediten que no realizan actividad económica.

 

c) Empresas cuya actividad les permita constituirse en socios tecnológicos y con experiencia demostrable en el ámbito turístico, para ello presentarán una declaración responsable tal como se establece en el anexo X de la presente orden.

 

Resumen:
Constituye el objeto de esta orden ministerial la aprobación de las bases reguladoras del programa de ayudas de «Última Milla» para proyectos de digitalización de empresas, asociaciones y agrupaciones de entidades cuya actividad, bien sea directa o verticalizada, esté orientada al sector turístico en general o a cualquiera de sus subsectores productivos, así como la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con lo establecido por el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

En concreto se pretende movilizar aquellos proyectos singulares y transformadores que cubran procesos y productos fácilmente escalables y replicables con una clara orientación al usuario final y que contengan, entre otros, mejoras en la digitalización e inteligencia aplicados a la gestión, promoción, puesta en valor y difusión para destinos y sector turístico.

 

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

 

Enlace.

PERTE de Descarbonización Industrial

[Financiación]

 

De interés para:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

 

a) Las sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño, que realicen alguna actividad industrial según se define en el anexo XII de esta orden, con independencia de la actividad principal definida en sus estatutos.

 

Las entidades anteriores deberán haber desarrollado actividades industriales al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de solicitud. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad demuestra experiencia en producción industrial comparable en la actividad, en planta piloto, o a escala experimental, desde al menos, tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Esta experiencia deberá acreditarse.

 

b) Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado a) y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan los requisitos establecidos en el anexo II (Requisitos exigibles al acuerdo de agrupación y modelos de declaración responsable y sus posibles actualizaciones publicadas en el portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo).

 

Resumen:
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a proyectos tractores de las entidades definidas en el artículo 6, pertenecientes a los sectores de la industria manufacturera en España, con el fin de impulsar la descarbonización de sus procesos productivos, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de la Industria Manufacturera (PERTE de Descarbonización Industrial), así como proceder a la convocatoria anticipada de ayudas correspondiente al año 2024.

 

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 24 de enero y finalizará el 17 de abril de 2024, ambos inclusive.

 

Enlace:
bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se realiza la convocatoria anticipada del año 2024.

 

Extracto de la Orden de 26 de diciembre de 2023 por la que se convocan anticipadamente para el año 2024 las ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del PRTR

 

Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Subvenciones para la promoción del empleo autónomo

[Financiación]

 

De interés para:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo u otros servicios, no ocupadas, en el SCE, cuando se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Canarias y se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (en adelante RETA), en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia o Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional, y que además cumplan el resto de requisitos exigidos en las Bases Reguladoras, así como en la normativa que le sea de aplicación con carácter general.

Las personas solicitantes podrán ser beneficiarias cuando formen parte de comunidades de bienes (CB) o sociedades civiles particulares (SCP), siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.

También podrán ser beneficiarias las personas que hayan causado alta en la Seguridad Social como trabajadoras autónomas dependientes (TRADE).

 

Resumen:
 

SUBVENCIÓN POR EL ESTABLECIMIENTO

La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, se graduará en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con los colectivos que figuran en la BASE QUINTA de la normativa reguladora.

SUBVENCIÓN FINANCIERA

Esta subvención será equivalente a la reducción de cuatro puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo, o hasta el total de los intereses si el tipo fuera inferior al cuatro por ciento, y se pagará de una sola vez, en cuantía calculada como si la subvención se devengase cada año de la duración del mismo, incluido el posible período de carencia. El límite de la subvención, hasta un máximo de 10.000,00 euros, se determinará por el Servicio Canario de Empleo, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los colectivos establecidos para la modalidad de establecimiento.

SUBVENCIÓN ASISTENCIA TÉCNICA

La cuantía de esta subvención será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con un límite de 150 euros

 

Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 2/1/2024 00:00

Fecha Fin: 1/7/2024 23:59

 

Enlace.

EmpoWomen

[Financiación]

 

De interés para:
women in deep-tech

 

Resumen:
EmpoWomen Open Call #1 is officially open as of today and will remain so until March 8th at 17:00 CET.

 

This is your opportunity to be part of an innovative project designed to boost initiatives led by women in the exciting field of advanced technology. We want to support you at every stage of the process, and to facilitate this, we have opened an application for you on our platform, streamlining the application process.

 

Enlace:
Should you encounter challenges or have questions related to your application, feel free to reach out to our support team at helpdesk@empowomen.eu

 

We encourage you to review the details of the call available on the EmpoWomen website (www.empowomen.eu) and submit your application before the deadline on March 8th at 17:00 CET. We are excited to learn about your project and collaborate with you to strengthen the presence of women in the entrepreneurial landscape, especially in the advanced technology sector.

Convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2023, de las ayudas Torres Quevedo

[Financiación]

 

De interés para:
Podrán ser entidades beneficiarias las empresas, entre las que se incluyen las empresas spin-off y las JEIs, los centros tecnológicos, los centros de apoyo a la innovación tecnológica, las asociaciones empresariales y los parques científicos y tecnológicos.

No podrán obtener la condición de beneficiarias, a excepción de las sociedades mercantiles públicas, las entidades del sector público comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, ni las comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ni las entidades en crisis.

 

Resumen:
Solicitudes desde 23/01/24 hasta las 14:00 (hora peninsular) del 13/02/24.

 

Ayudas de tres años de duración, cuya finalidad es la de promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.

 

Enlace:
Ficha resumen.

 

Convocatoria

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