[Financiación]
De interés para:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
a) Las sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño, que realicen alguna actividad industrial según se define en el anexo IV de esta orden, con independencia de la actividad principal definida en sus estatutos.
b) Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado a) y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan los requisitos establecidos en el anexo II.
Resumen:
Se ha acordado ampliar la cuantía máxima de las ayudas a otorgar en la convocatoria de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de descarbonización industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del año 2026, en 78.500.000,00 euros.
Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria tendrán una cuantía total máxima de 408.241.822,5 euros en forma de subvención.
Enlace:
Información. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-5041