[Financiación]
De interés para:
Podrán acogerse a la ayuda establecida en este real decreto las sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro mercantil o equivalente en función de la naturaleza jurídica del solicitante, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público.
Resumen:
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Real Decreto 661/2023, de 18 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas en 2023 para el desarrollo de proyectos innovadores relacionados con modelos, sistemas y componentes de vehículos híbridos y vehículos eléctricos de baterías y de pila de combustible de hidrógeno para avanzar en el proceso de descarbonización y mantener la competitividad del ecosistema de automoción.
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos para el desarrollo de modelos, sistemas y componentes de los vehículos híbridos o vehículos eléctricos de baterías y de pila de combustible de hidrógeno.
El importe de la ayuda a conceder quedará limitada:
a) Para los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, innovación en materia de organización o de procesos a un máximo de 6.000.000 euros por proyecto y 15.000.000 euros por empresa.
b) Para los proyectos de inversión ejecutados por PYMES, a un máximo de 2.000.000 euros por proyecto y 4.000.000 euros por empresa.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 21 de agosto de 2023 hasta el 23 de octubre de 2023.