[Financiación]
De interés para:
Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y hayan de realizar las ideas y proyectos subvencionables, a los que se refiere la Orden Ministerial TMA/702/2020, siempre que no estén incursas en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
Resumen:
Estas ayudas tienen como finalidad activar la inversión pública y privada en innovación para la transformación y fortalecimiento de las capacidades tecnológicas del sector del transporte, la logística y los puertos y favorecer la aplicación de nuevos conocimientos y tecnologías de carácter disruptivo, nuevos usos de tecnologías ya existentes pero todavía no aplicadas al sector logísticoportuario, así como actividades de investigación aplicada generadoras de valor añadido para la comunidad logístico-portuaria, a través de proyectos empresariales. Las ayudas están dirigidas a financiar la puesta en marcha y la maduración tecnológica de ideas y proyectos que desarrollen nuevas tecnologías, introduzcan productos, servicios o procesos innovadores en el mercado o mejoren los ya existentes con aplicación directa en el ecosistema logístico-portuario u otros relacionados con éste, vinculados a los puertos de interés general o a los diferentes eslabones de la cadena logística.
- a) MODALIDAD IDEAS: los recursos económicos ascienden a SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (750.000€) de los que CIENTO CINCO MIL (105.000€) se destinarán a INTRAEMPRENDIMIENTO. Se considera intraemprendimiento las ideas presentadas exclusivamente por personal laboral de las Autoridades Portuarias y de Puertos del Estado individualmente o en agrupación de personas físicas. No se contempla la posibilidad de intraemprendimiento en las modalidades proyectos comerciales. En el caso de que por falta de candidaturas evaluadas positivamente en la modalidad de intraemprendimiento no pueda otorgarse la totalidad de la cantidad asignada a dicha modalidad, la cantidad restante se asignará para ampliar la dotación económica a la modalidad general de Ideas.
- b) MODALIDAD PROYECTOS COMERCIALES: los recursos económicos ascienden a SEIS MILLONES DE EUROS (6.000.000€).
De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4. de la Orden Ministerial TMA/702/2020, las solicitudes de los interesados y la documentación adjunta a las mismas se presentarán dentro de los siguientes plazos:
- a) Solicitudes de subvenciones en la modalidad Ideas: en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
- b) Solicitudes de subvenciones en la modalidad Proyectos Comerciales: en el plazo de tres meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Enlace:
Bases.