[Financiación]
De interés para:
Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector de acción social en los términos previstos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales de análoga naturaleza.
Resumen:
Objeto: Financiar proyectos de interés general para atender fines sociales en la Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades.
Cuantía:
Los proyectos presentados deberán tener un importe mínimo y máximo solicitado según los establecidos en cada Línea de subvención señalados a continuación, siendo estos los siguientes:
- a) Línea 1: promoción de la Inclusión social y laboral. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 150.000,00 euros por proyecto.
- b) Línea 2: mejora de la calidad de vida de las personas mayores. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 150.000,00 euros por proyecto.
- c) Línea 3: atención a las personas inmigrantes. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 80.000,00 euros por proyecto.
- d) Línea 4: Pueblo Gitano. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 50.000,00 euros por proyecto.
- e) Línea 5: promoción de la participación y el voluntariado. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 80.000,00 euros por proyecto.
- f) Línea 6: promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 150.000,00 euros por proyecto.
- g) Línea 7: apoyo a la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 150.000,00 euros por proyecto.
- h) Línea 8: infancia y familia. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 80.000,00 euros por proyecto.
- i) Línea 9: juventud. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 60.000,00 euros por proyecto.
- j) Línea 10: diversidad. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 80.000,00 euros por proyecto.
- k) Línea 11: promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 80.000,00 euros por proyecto.
- l) Línea 12: atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: personas con adicciones. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 25.000,00 euros por proyecto.
- m) Línea 13: atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: Personas con VIH. El importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 25.000,00 euros por proyecto.
- n) Línea 14: inversión. En el caso de inversiones para equipamiento, el importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superar los 50.000,00 euros. En el caso de inversiones por obras, el importe solicitado no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superar los 90.000,00 euros.
Gastos elegibles:
Retribuciones de personal según convenio colectivo vigente.
Dietas y gastos de viaje conforme a normativa autonómica.
Auditoría de cuentas proporcional al coste del proyecto.
Inversiones en equipamiento (hasta 50.000 €) y obras (hasta 90.000 €).
Otros gastos vinculados a la ejecución del proyecto, según bases reguladoras.
Fecha de presentación de solicitudes: Del 1 al 19 de septiembre de 2025 (15 días hábiles desde el 1 de septiembre inclusive). La presentación será exclusivamente telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias
Enlace:
Información.
Base de Datos Nacional de Subvenciones.