Convocatoria de subvenciones para actividades de promoción del trabajo autónomo y para sufragar gastos de funcionamiento en 2025

[Financiación]

De interés para:
Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal, otras asociaciones, fundaciones y universidades que desarrollen actuaciones de promoción del trabajo autónomo. También asociaciones profesionales de carácter intersectorial para gastos de funcionamiento.

 

Resumen:
Objeto: Financiar actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, así como sufragar parcialmente los gastos de funcionamiento de asociaciones estatales de trabajadores autónomos.

 

Cuantía:

3.065.670 € para actividades de formación, difusión y fomento del trabajo autónomo.

605.450 € para gastos de funcionamiento.

 

Subvenciones máximas:

Hasta 150.000 € para actividades del artículo 3.1.a), b) y c) de la Orden TES/802/2025.

Hasta 50.000 € para actividades del artículo 3.1.d), e) y f).

Mínimo garantizado de 25.000 € para asociaciones intersectoriales que cumplan requisitos.

 

Gastos elegibles: Actividades de formación, difusión, fomento del trabajo autónomo y funcionamiento de entidades representativas del colectivo autónomo.

 

Fecha de presentación de solicitudes: Veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (14 de agosto de 2025).

 

Enlace:
Información.

 

Base de Datos Nacional de Subvenciones.

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