[Financiación]
De interés para:
Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas las entidades indicadas en el artículo 4 de la Convocatoria con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España
Resumen:
Objeto:
Regular el procedimiento de concesión de ayudas por la FECYT para la realización de actividades de fomento de la cultura científica que se desarrollen a través de las siguientes categorías de proyectos:
- Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología
- Programa anual de actividades UCC+I
- Ferias de la ciencia
- Proyectos singulares:
d.1. Ciencia ciudadana
d.2. Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad. (ACTS)
d.3. Investigación y práctica en la comunicación científica
Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del setenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada, con un límite de 100.000 euros por solicitud presentada.
El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará el día 11 de septiembre de 2024 y finalizará el día 30 de octubre de 2024, a las 13 horas (hora peninsular española).
Enlace:
Extracto. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2024-27330
Bases. https://convocatoriamariadeguzman.fecyt.es
Base de Datos Nacional de Subvenciones. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/776848