[Financiación]
De interés para:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas en España:
- Asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones y uniones de estas) profesionales y empresariales legalmente constituidas y dadas de alta en la Oficina Pública o el Registro correspondiente de asociaciones.
- Colegios profesionales constituidos con arreglo al ordenamiento jurídico e inscritos en el Registro de Colegios Profesionales correspondiente.
- Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
Resumen:
Objeto.
Seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas para financiar proyectos subvencionables con las características establecidas en el artículo 2.1.a) de las Bases Reguladoras. En concreto, las ayudas de esta Convocatoria están dirigidas a la creación de la Red Nacional de Oficinas Acelera Pyme dentro del programa Acelera Pyme para el impulso a la adopción de las tecnologías por las empresas españolas (incluidas las de nueva creación), especialmente las pequeñas y medianas empresas (pymes), autónomos y emprendedores, así como el soporte al emprendimiento digital en sus diferentes fases.
Regular la concesión de ayudas para incentivar la creación y consolidación de Oficinas Acelera Pyme que faciliten el proceso de digitalización de la empresa española. El objetivo es fortalecer el ecosistema de soporte a la pyme en materia TIC, ofreciendo servicios de sensibilización y apoyo a la pyme en su proceso de transformación digital mediante la adopción de tecnología digital y el soporte al emprendimiento digital.
Importe
El importe máximo total de las ayudas asciende a la cantidad de treinta millones de euros (30.000.000 €).
El importe mínimo de la ayuda solicitada por proyecto será de trescientos mil euros (300.000 €) y el importe máximo de la ayuda solicitada será de cuatrocientos diez mil euros (410.000 €).
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta (30) días naturales, computándose a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Enlace:
Extracto.