[Financiación]
De interés para:
Las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas que realicen la transformación y/o comercialización de los productos incluidos en el Anexo I del TFUE, o del algodón, exceptuado los productos de la pesca y la acuicultura, que cumplan con los requisitos exigidos en la base 7 aprobada por Orden de 5 de febrero de 2024 (BOC n.º 32, de 13.2.2024), así como con los previstos en el resuelvo octavo de la Orden de convocatoria.
Resumen:
Resumen:
Objeto del extracto: Modificar aspectos técnicos y documentales de la convocatoria de subvenciones del PEPAC 2023–2027, aplicables a las anualidades 2026 a 2028. Las ayudas están destinadas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios procedentes de la agricultura.
Gastos elegibles: Se subvencionan inversiones relacionadas con la transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios. No se incluyen gastos de sustitución sin mejora significativa, ni reparaciones, salvo en casos de desastres naturales.
Fecha de presentación de solicitudes:
Durante el mes de octubre de 2025.
Enlace:
Bases.