[Financiación]
De interés para:
Autónomos y mutualistas con domicilio fiscal y actividad en Canarias que pasen por una situación de IT, no tengan empleados (salvo excepciones por enfermedad grave) y no estén en pluriactividad.
Resumen:
Objeto: Compensar el coste de las cuotas de la Seguridad Social que el autónomo debe seguir abonando durante los dos primeros meses de una incapacidad temporal (por contingencias comunes o profesionales), o la parte proporcional si la IT dura menos.
Cuantía: El importe será equivalente a las cuotas efectivamente abonadas durante esos dos meses, con un límite máximo de 700,00 euros por beneficiario.
Gastos elegibles: Las cuotas a la Seguridad Social (o mutualidad alternativa) efectivamente pagadas y justificadas correspondientes al periodo de IT subvencionado.
Fecha de presentación de solicitudes: El plazo específico se establecerá en la resolución de la correspondiente convocatoria, la cual determinará el periodo subvencionable.
Enlace:
Extracto: Pendiente de publicación.
Bases: https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2026/074/1206.html