Subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias, ejercicio 2025, en tramitación anticipada.

[Financiación]

De interés para:
Entidades beneficiarias.

Entidades públicas o privadas que cumplan, en el momento de presentación de la solicitud, los requisitos establecidos en la base reguladora cuarta, según el tipo de actuación subvencionable. Según la definición de empresa emergente canaria, establecida en la base reguladora 2.c.1), se considerarán como sectores estratégicos los contemplados en la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027. Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la citada base reguladora cuatro. No podrá ser beneficiaria aquella empresa que opere en los sectores y actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento (Reglamento (UE) n.º 2023/2831, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15 de diciembre).

 

Resumen:
EXTRACTO de la Orden de 27 de noviembre de 2024, por la que convocan subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias, ejercicio 2025, en tramitación anticipada.

 

Objeto.

Realizar actuaciones para fomentar la realización de proyectos para impulsar el emprendimiento innovador en Canarias. En concreto, se establecen tres tipos de actuaciones subvencionables (A, B y C), de acuerdo a lo dispuesto en la base reguladora tercera.

Actuaciones tipo A. Actuaciones de apoyo y asesoramiento a empresas emergentes canarias dirigidas a fomentar y promover proyectos de innovación disruptiva, tanto desde el punto de vista de incubación como de aceleración, así como aquellas actuaciones que promuevan la participación de dichas empresas en proyectos nacionales, europeos e internacionales que les permitan el acceso a recursos que son necesarios para desarrollar dichos proyectos.

Actuaciones tipo B. Realización de proyectos de innovación disruptiva a desarrollar por la entidad solicitante, que ha de ser empresa emergente canaria, tal como se define en la base reguladora segunda. En ningún caso serán subvencionables las actuaciones rutinarias definidas en la base reguladora 2.d).

Actuaciones tipo C. Actuaciones de apoyo a procesos de transferencia de conocimiento y tecnología, y de demanda de innovación en empresas canarias, a través de colaboraciones externas con empresas emergentes y agentes de conocimiento en el ámbito regional, nacional o internacional, siguiendo modelos de innovación abierta.

 

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 15 de enero de 2025 a las 9:00 horas y finalizará cuando se produzca el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, el día 31 de marzo de 2025 a las 14:00 horas.

 

Enlace:
Extracto.