[Financiación]
De interés para:
Podrán tener la condición de personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones, siempre y cuando su actividad sea la industrial (conforme el alta en el IAE correspondiente y la comunicación previa de instalación/inicio de actividad), la hayan iniciado y se hayan dado de alta o constituido (según el tipo de solicitante) en el período indicado en la convocatoria y cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases Reguladoras:
Las personas físicas bajo la forma jurídica de “Empresario/a Individual”, que tributen en el denominado “Régimen Especial de trabajadores Autónomos” (RETA).
Las personas jurídicas denominadas Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL) que tributen por el Impuesto sobre Sociedades, siempre y cuando su capital social esté participado al menos en un 75% por personas físicas, que reúnan los requisitos del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado (DOUE nº 187, de 26.6.14) para ser definidas como Pyme o Microempresa.
Resumen:
Cabildo Insular de Tenerife
Anuncio relativo a Bases Reguladoras que han de regir la concesión de Subvenciones para la creación de nuevos proyectos industriales -pymes y autónomos-
Anuncio relativo a delegación de competencias del Consejo de Gobierno Insular en el Consejero Insular del Área de Industria, Comercio, Sector Primario y Bienestar Animal en la convocatoria 2024 de Subvenciones para la creación de nuevos proyectos industriales -pymes y autónomos-
Extracto del Acuerdo AC0000021322 de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan Subvenciones para la creación de nuevos proyectos industriales -pymes y autónomos-, correspondientes al año 2024
Enlace. (ver boletín de día 01/05/2024)