[Financiación]
De interés para:
No podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas que, en el momento previsto de incorporación a la ayuda, hayan disfrutado de una ayuda anterior, por un periodo superior a 24 meses.
Las personas que sean beneficiarias de ayudas FPU por convocatorias anteriores, no podrán presentar su solicitud a esta convocatoria.

Resumen:
Plazo de solicitud: 17/01/2023 al 15/02/2023
TÍTULO
Becas y ayudas para investigar.

ESTADO DE LA CONVOCATORIA
Próxima.

PLAZO DE LA SOLICITUD
17/01/2023-15/02/2023

DESCRIPCIÓN GENERAL
Concesión de Ayudas para contratos predoctorales para la realización de tesis doctorales, en Universidades Españolas.

Son ayudas destinadas a la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de Doctor/a y la adquisición de competencias docentes universitarias, en cualquier área del conocimiento científico, que faciliten la futura incorporación de estas personas al sistema español de educación superior, y de investigación científica.

Estas ayudas son para la formalización de contratos predoctorales en los centros de adscripción, que tienen una duración de cuatro años, salvo si es una persona con discapacidad en cuyo caso la ayuda puede tener una duración de seis años, conforme a lo establecido en el artículo 21 c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Quienes hayan obtenido el título de doctor/a, previo al inicio de la última anualidad de la ayuda FPU, podrán acceder a un periodo de orientación postdoctoral (POP) por un máximo de un año.

Asimismo, se financiará la concesión de ayudas para para realizar una estancia en centros extranjeros, y excepcionalmente españoles, que resulte significativa y beneficiosa para el cumplimiento del objeto de formación de la ayuda de FPU, y que contribuya a la mejora o especialización de la formación predoctoral tanto en la fase predoctoral como, en su caso, en la fase postdoctoral.

PRESUPUESTO
Son ayudas para financiar contratos predoctorales conforme a lo establecido en el art. 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación. El importe mensual será de 1.230,08 euros mensuales el primer año, 1.317,95 euros mensuales el segundo año y 1.647,44 euros mensuales el tercer y cuarto año. Cada año se abonarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias.

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