[Financiación]
De interés para:
Según las bases reguladoras, podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
Las pequeñas y medianas empresas (pyme) que desarrollen o pretendan desarrollar una actividad industrial en Canarias, ya sean personas físicas o jurídicas.
Agrupaciones sin personalidad de personas físicas o jurídicas privadas que tengan un proyecto industrial, siempre que se constituyan legalmente antes de aceptar la subvención.
Laboratorios de ensayos o de calibración que presten servicios al sector industrial.
Como novedad en 2026, los titulares de naves industriales con actividades de almacenamiento frigorífico, de productos químicos o equipos a presión, siempre que estén vinculadas a una actividad productiva industrial.
Resumen:
Objeto: Fomentar la competitividad del sector industrial canario mediante su modernización y diversificación.
Las bases contemplan tres líneas de actuación principales: la promoción de la inversión productiva (Línea I), el apoyo a la calidad y ventajas competitivas (Línea II) y el impulso a la industrialización de la construcción residencial (Línea III).
Todo ello integrando factores de economía circular e Industria 4.0.
Cuantía:
Línea I: Subvención del 40% de la inversión aprobada.
La inversión mínima debe ser de 10.000 € y la máxima subvencionable de 1.000.000 €
Línea II: Subvención del 60% de la inversión aprobada.
Los límites máximos por proyecto son: 75.000 € para calidad de la producción, 20.000 € para incorporación de intangibles y 50.000 € para proyectos de diseño y ecodiseño.
Línea III: Para la elaboración de productos industriales de construcción, la subvención es del 50% (máximo 400.000 €); para estudios y prototipos es del 60% (máximo 10.000 € o 20.000 € según el caso).
Gastos elegibles:
Línea I: Inversiones en activos materiales e inmateriales como maquinaria y bienes de equipo nuevos, instalaciones técnicas, software específico, obras menores de ubicación, costes de traslado y auditorías de justificación (hasta 800 €).
Línea II: Costes de consultoría externa para implantación de normas, diseño, ecodiseño y auditorías energéticas.
También incluye formación de personal y gastos de comunicación del producto en proyectos de diseño.
Línea III: Maquinaria, software de gestión de procesos, prototipado, ensayos y servicios técnicos especializados en construcción industrializada.
Fecha de presentación de solicitudes: El plazo específico de presentación se establece en cada convocatoria anual. Pendiente de publicación para 2026.
No obstante, para garantizar el efecto incentivador, las empresas pueden presentar una pre-solicitud desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de publicación de la convocatoria oficial, siempre antes de iniciar las inversiones.
Una vez abierta la convocatoria, la presentación de la solicitud definitiva es obligatoria a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
Enlace:
Información. https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2026/087/1476.html