[Financiación]
De interés para:
Podrán ser beneficiarios del programa: Las empresas de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos, tanto públicas como privadas, que actúen como operadores de puntos de recarga de acceso público (CPO, en adelante) que vayan a ser titulares de las instalaciones.
Resumen:
Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2025, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la primera convocatoria del programa de incentivos a la instalación de infraestructura de recarga pública de vehículos eléctricos en España (Programa MOVES CORREDORES DE RECARGA), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU-
Objeto.
Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para incentivar el despliegue la instalación de infraestructura de recarga de acceso público para vehículos eléctricos ligeros, según los apartados 2 y 3 del artículo 1 de las bases reguladoras del Programa MOVES CORREDORES DE RECARGA.
La ayuda máxima por beneficiario y proyecto serán quince millones de euros (15 M€). En ningún caso podrá concederse a un mismo destinatario último más de 15 millones de euros por convocatoria, estando dentro del límite máximo fijado en el apartado s ter) del artículo 4 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en las ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente.
Se limitará la intensidad máxima de la ayuda que se puede solicitar al 70% del total de los costes de inversión elegibles, al entender que la ayuda se concede en un procedimiento de licitación que, además de las condiciones establecidas en el artículo 2, punto 38 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, cumple con las condiciones de los apartados 4 y 5 del artículo 36 bis del citado Reglamento.
Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 horas del 30 de diciembre de 2025, hasta las 12:00 horas del 10 de febrero de 2026, hora peninsular.
Sólo serán subvencionables los proyectos o actuaciones cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
Enlace:
Extracto. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2025-47161
Bases. https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/18/pdfs/BOE-A-2025-25989.pdf
Base de Datos Nacional de Subvenciones. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/876660