[Financiación]

De interés para:
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las empresas o clústeres que reúnan los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud:
a) Que vaya a realizar un proyecto de innovación, según definición de la base 2.b).
b) No ser una sociedad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias u otra Administración Pública.
c) Contar, al menos, con una persona trabajadora en plantilla.
d) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres que deberá constar por escrito, debiendo acreditarse la forma elegida para realizar su difusión a toda la plantilla. Este compromiso abarcará como mínimo las siguientes medidas:
– La aplicación de criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad y no discriminación.
– La aplicación de criterios de promoción profesional adecuados al principio de igualdad y no discriminación.
– La aplicación de sistemas y criterios de retribución que cumplan con los parámetros de publicidad, objetividad y transparencia y fomenten el principio de igualdad y no discriminación.
– La implantación de medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo: códigos de conducta, protocolos de actuación para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que se puedan formular en materia de acoso.
– La adopción de medidas para impulsar la presencia de mujeres en los consejos de administración, en otros órganos colegiados y en el resto de los diferentes puestos de toma de decisión y su evolución en los últimos años.
e) Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.
f) Tener centro de trabajo en Canarias, al que se adscriba la persona a contratar.
g) Disponer de personalidad jurídica propia.
h) Estar válidamente constituida en el momento de la presentación de la solicitud.
i) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
j) No haber sido sancionada, administrativa o penalmente, por incurrir en discriminación por razón de sexo.
k) No estar incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
l) No ser empresa en crisis definida como tal en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
m) No estar incursa en un procedimiento de recuperación de ayudas, por haber sido estas declaradas ilegales e incompatibles por la Comisión Europea.
n) Que la operación para la que se solicita financiación no haya concluido materialmente o se haya ejecutado íntegramente en la fecha de solicitud.
o) Figurar en situación de alta de tercero en el Sistema Económico Financiero y Logístico de Canarias (SEFLOGIC).
p) No ser empresa que opere en los sectores y actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

La persona a contratar deberá reunir los siguientes requisitos en el momento de la firma del contrato:
a) Ser residente en Canarias.
b) Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo.
c) Estar en posesión de un título oficial español de Grado, de una licenciatura o de cualquier otra titulación equivalente al nivel 2 MECES, o superior. En el caso de estar en posesión de un título obtenido en un país extranjero, dicha titulación deberá estar homologada por el ministerio competente del Gobierno de España.
d) Estar en posesión de un diploma o certificado acreditativo de haber superado, al menos, el nivel 2 de formación en el programa de gestores de la innovación cuyas bases reguladoras se aprobaron mediante Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de 26 de febrero de 2018 (BOC nº 50, de 12.3.2018) o estar en posesión del diploma o certificado acreditativo de aptitud del programa DIGINNOVA, cuyas bases reguladoras y convocatoria se aprobaron mediante Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 3 de septiembre de 2021 (BOC nº 190, de 15.9.2021).
e) No haber mantenido en el año inmediato anterior a la fecha de producción de efectos de la correspondiente convocatoria, relación laboral de carácter contractual con la entidad solicitante, ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma.
Será admisible una vinculación previa como persona becaria en prácticas con la entidad solicitante, siempre y cuando ello no haya dado lugar a un contrato laboral suscrito por ambas partes.
f) No contar, a la fecha de producción de efectos de la correspondiente convocatoria, con una participación en el capital social de la entidad solicitante, o de otra relacionada accionarial o societariamente con la misma, que suponga una capacidad de control directo o indirecto en su consejo de administración.

Resumen:
Objetivo
Incentivar la incorporación de personal cualificado a las empresas y clústeres, para el desarrollo de proyectos de innovación, y así fortalecer el sistema de I+D+i canario.

Cuantía y otras características del proyecto
El coste unitario por mes de contrato de 2.198,11 euros.
La cuantía de la subvención se calculará multiplicando el coste unitario por el número de meses que la persona esté contratada por la entidad beneficiaria para la realización del proyecto de innovación subvencionado, con un máximo de 18 meses.

Tras modificación de las bases en 19/04/2023 y 03/05/2023, se incluye el compromiso de mantenimiento del contrato durante seis meses a partir de la finalización del período subvencionable.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 01/06/2023 – 31/7/2023, 14:00

C2: 17/09/2021 – 08/10/2021

C3: 17/9/2020 – 08/10/2020

C4: 24/09/2019 – 15/10/2019

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