Subvenciones para la realización de estancias breves en España y en el extranjero dentro de un programa oficial de doctorado en Canarias

[Financiación]

De interés para:
Las personas beneficiarias deberán ser beneficiarias o participantes de subvenciones de cualquier convocatoria activa de los programas de ayudas a la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado o de subvenciones para la contratación predoctoral de personal investigador dentro de un programa oficial de doctorado en Canarias del Gobierno de Canarias.

Resumen:
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura
3145 EXTRACTO de la Orden de 8 de septiembre de 2023, por la que se convocan subvenciones para la realización de estancias breves en España y en el extranjero dentro de un programa oficial de doctorado en Canarias, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus, para el año 2023.

El objeto de estas subvenciones es financiar una estancia en España o en el extranjero e irá destinada a gastos de alojamiento, manutención, asistencia sanitaria y gastos de desplazamiento.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto de forma continuada desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias (día 19/09/2023) hasta el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, hasta las 14:00 horas del día 30 de octubre de 2023.

Duración de las estancias.
Las estancias susceptibles de recibir esta subvención tendrán una duración máxima de seis meses, pudiéndose abonar gastos de la misma desde el 1 de diciembre de 2022 al 30 de noviembre de 2023. Aquellas estancias de periodos cortos para una misma finalidad debidamente justificadas se podrán considerar como una única estancia, siempre que el periodo total no supere el máximo establecido en las bases reguladoras. En dicho caso solo se abonará un desplazamiento de ida y vuelta al destino elegido.

Cuantía de las subvenciones.
Las subvenciones que se regulan en las presentes bases adoptan la modalidad contemplada en el artículo 53, apartado 1.b), del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, entre las opciones de costes simplificados disponibles.

El importe de la ayuda de alojamiento y manutención será de 31 euros por día de estancia en España y de hasta 90 euros por día de estancia en el extranjero, en función del país de destino, según el anexo de esta Orden.

El importe de la ayuda de desplazamiento será:

a) Desplazamientos en España: 147,10 euros.
b) Desplazamientos en el extranjero: 473,63 euros, cuando el lugar de destino sea un país de Europa y 1.482,88 euros, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.

El importe de la ayuda de asistencia sanitaria cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes, cubrirá un seguro de accidente y de asistencia médica durante el periodo de su estancia con un importe diario de 3,96 euros.

Enlace:
Extracto.

Base de Datos Nacional de Subvenciones.

OTC: Oficinas de Transferencia de Conocimiento
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