[Financiación]

De interés para:
Para optar a estas ayudas, las entidades deben ser empresas o clústeres privados con personalidad jurídica propia y estar válidamente constituidos.

 

Resumen:
Este documento es una Orden del 5 de mayo de 2026 que modifica las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la incorporación de personal innovador al tejido productivo en Canarias, las cuales pueden ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

 

Específicamente, este texto modifica la Orden de 20 de diciembre de 2022 (previamente alterada por otra orden en abril de 2023).

 

Las modificaciones introducidas buscan ajustar la normativa a las necesidades detectadas en el tejido productivo canario y actualizar el marco jurídico aplicable.

 

Entre los cambios más destacados se encuentran:

Requisitos de titulación: Se incluye como perfil elegible para ser contratado a personas que hayan superado un ciclo formativo de grado superior de formación profesional, equiparándolo a la titulación universitaria exigida anteriormente.

 

Alineación estratégica: Se actualizan las referencias para que los proyectos de innovación estén encuadrados en la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3 ampliada) 2021-2027.

 

Definición de empresas: Se modifica la definición de «»empresas vinculadas»» para que coincida con la de «»Única Empresa»» establecida en los reglamentos de la Unión Europea sobre ayudas de minimis.

 

Condiciones de los contratos: Los contratos deben ser a jornada completa y tener una duración mínima de 18 meses.

Además, el periodo subvencionable tendrá una duración mínima de 12 meses y máxima de 18, pero la entidad tiene la obligación de mantener la contratación al menos seis meses adicionales tras finalizar dicho periodo.

 

Cuantía de la ayuda: Se establece un sistema de costes simplificados con un coste unitario por mes de contrato de 2.198,11 euros.

El importe total de ayudas de minimis para una única empresa no podrá exceder los 300.000 euros en un periodo de tres años.

 

Obligaciones de publicidad: Se endurecen y detallan las obligaciones de las entidades beneficiarias de dar publicidad a la financiación pública (mencionando específicamente al FSE+ y al órgano concedente) en contratos, publicaciones y páginas web.

El incumplimiento de estas medidas puede acarrear reintegros de hasta el 3% de la ayuda.

 

Nuevos requisitos en la solicitud: Se añade la obligación de acreditar el cumplimiento de los plazos de pago establecidos en la Ley General de Subvenciones.

 

Enlace:
Información. https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2026/093/1605.html

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