[Financiación]
De interés para:
Agrupaciones de empresas (consorcios sin personalidad jurídica), válidamente constituidas y con domicilio fiscal o establecimiento/sucursal en España, que ejecuten proyectos de I+D en cooperación.
Tamaño y composición: La agrupación debe estar formada por un mínimo de 3 y un máximo de 6 empresas. Al menos dos de ellas deben ser autónomas entre sí y se exige la participación de al menos una PYME. Una empresa participante asumirá la representación y coordinación de la agrupación.
Requisito de subcontratación: Es obligatorio subcontratar al menos el 15% del presupuesto total elegible a organismos de investigación.
Exclusiones: No pueden ser beneficiarias las personas físicas, autónomos, comunidades de bienes, UTES, AIEs, empresas en crisis, ni entidades incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Resumen:
En esta resolución se declara la disponibilidad de crédito por importe de 10.000.000 euros como cuantía adicional efectiva para la convocatoria de referencia, con cargo a las partidas presupuestarias 20.09.467C.742 y 28.08.467C.74911, y la subsiguiente ampliación del presupuesto de la convocatoria.
De esta cuantía adicional se destinará 8.000.000 euros para la financiación de solicitudes encuadradas en la misión «Hacia un sector aeronáutico más eficiente y resiliente» y 2.000.000 euros para la financiación de las solicitudes de las misiones que no cuentan con ninguna reserva presupuestaria establecida en el artículo 4.2 de la convocatoria.
Enlace:
Extracto. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-B-2026-35387